Ventajas fiscales - ANiNATH
ANiNATH tiene como finalidad principal dar apoyo y mejorar la experiencia del trasplante y la vida que tendrán el niño y su familia durante y después de todo el proceso.
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Ventajas fiscales

Certificado de donaciones

Si quieres consultar tus donaciones a ANiNATH y descargarte el Cerficado de Donaciones correspondiente puedes hacerlo desde tu área personal en Stockcrowd, nuestra plataforma encargada de gestionar nuestra recaudación de fondos y asociados.

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Tu aportación tiene ventajas fiscales.

Como socio o donante de ANiNATH tienes derecho a deducirte tus donaciones en la declaración de la renta 1.

Desde el 1 de enero de 2015, la nueva Ley de Mecenazgo fija mayores deducciones fiscales para las donaciones a ONG (a excepción de las comunidades autónomas de Navarra y País Vasco donde se fijan unas condiciones fiscales propias).
Una ley que nos beneficia a todos. A los contribuyentes, porque incremente el porcentaje de deducción, y a ANiNATH, porque supone una oportunidad de sumar más recursos sin que a nuestros socios y donantes les suponga un mayor esfuerzo económico.

Si eres persona física (IRPF)

Aportación en 2016 y siguientes
DEDUCCIÓN (declaración de 2017 y siguientes)
75%

Donación hasta 150€

30%

Resto de donación a partir de 150€

35%

Resto de donación hasta 150€ si se ha donado a ANiNATH al menos 3 años seguidos <sup>2</sup>

Si eres empresa (Impuesto de Sociedades)

Aportación en 2016 y siguientes
DEDUCCIÓN (Impuesto de Sociedades de 2017 y siguientes)
35%

Si no se ha donado a ANiNATH al menos 3 años seguidos <sup>3</sup>

40%

Si se ha donado a ANiNATH al menos 3 años seguidos <sup>3</sup>

Las personas o empresas que tributen en País Vasco o Navarra se regirán por su propia fiscalidad.
Límite de deducción del 10% de la base liquidable.
1 Sólo se pueden beneficiar de estas ventajas las personas que hayan contribuido con el IRPF en el ejercicio fiscal y estén obligadas a realizar la Declaración de la Renta, con un límite de deducción del 10% de la base liquidable.
2 En caso de haber donado más de 150€ durante 3 años seguidos, el importe ha de ser igual o superior, en cada uno de ellos, al ejercicio anterior para beneficiarse del incremento de deducción indicado.
3 En caso de haber donado durante 3 años seguidos, el importe ha de ser igual o superior, en cada uno de ellos, al ejercicio anterior para beneficiarse del incremento de deducción indicado.